Resumen
Los fenómenos han dejado de ser jurídicos, económicos, psicológicos, médicos, sociales… en fin. La realidad tan compleja nos convoca a entender que las leyes, entre ellas la Constitución, son como un “prisma”.
Este prisma que nos impone la realidad posee varias caras. Cada cara nos invita a un análisis, pero impide abandonar el resto de las caras (análisis especializado), pues hace carecer de sentido al concepto del cuerpo geométrico propuesto. Es decir, la Constitución, como casi cualquier otro fenómeno de la realidad, se puede observar, analizar y estudiar desde varias visiones teóricas. La Constitución puede ser analizada desde el punto de vista del Derecho pero, no por ello, deja de ser posible observarla como un fenómeno económico.
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