Libertad de expresión en Internet. La responsabilidad de los “Buscadores”
Publicado el 05-05-2018
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Cómo citar

Iglesias Seifert, D. (2018). Libertad de expresión en Internet. La responsabilidad de los “Buscadores”. Ab-REVISTA DE ABOGACÍA, (2), 37-46. Recuperado a partir de https://publicaciones.unpaz.edu.ar/OJS/index.php/ab/article/view/17
  • Demián Ernesto Iglesias Seifert

Resumen

I. Introducción
El presente trabajo tiene por intención efectuar algunas reflexiones surgidas a raíz del dictado del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Rodríguez María Belén c/ Google Inc. s/daños y perjuicios”, de fecha 28 de octubre de 2014. Es menester destacar que, si bien el pronunciamiento del máximo tribunal se ajusta a los estándares internacionales comúnmente aceptados en referencia a la responsabilidad de los intermediarios en la prestación del servicio de Internet, la Corte se toma la libertad de establecer (en obiter dictum) una regla para determinar la responsabilidad de los buscadores en caso de ser notifcados de la existencia de contenido dañoso que importe eventuales lesiones a derechos protegidos.

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